
El caso Alves: el alcohol y la violencia sexual

Por: Marta Escolano Vega
Esta semana hay una fecha importante: el 8 de marzo. Por lo que no hay mejor manera de empezarla que hablando de un episodio que parece decirnos que todas aquellas veces que salimos a la calle para gritar «yo sí te creo», para denunciar que nos estaban matando, agrediendo y vejando a ojos de una justicia que nos desprotegía, está dando sus frutos.
Hace una semana conocíamos la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para el caso de Dani Alves, el futbolista que violó a una mujer en el baño de una discoteca, donde se le condenaba a 4 años y medio de cárcel. Aunque la duración de la pena ha decepcionado a muchas personas (incluso a la Fiscalía, que la ha recurrido para hacerla más extensa) este caso tiene varios aspectos que podemos considerar como victorias. Vamos a verlos.
La sentencia deja claro que el consentimiento debe prestarse «siempre antes e incluso durante la práctica del sexo, de tal
manera que una persona puede acceder a mantener relaciones hasta cierto punto y no mostrar el consentimiento a seguir, o a no llevar a cabo determinadas conductas sexuales o hacerlo de acuerdo a unas condiciones y no otras».
En los entornos de ocio nocturno como la discoteca donde se producen los hechos la droga estrella es el alcohol, hombres y mujeres lo consumen, pero en el imaginario patriarcal sus efectos no son los mismos: para nosotras consumir alcohol supone ponernos voluntariamente en peligro. Tan arraigada está esta creencia que hemos visto en varias ocasiones (como en el caso de la manada) como el hecho de haber bebido sirve para que la justicia deduzca de no merecemos su protección.
No es así para cuando es el hombre el que ha consumido alcohol. De hecho, la defensa de Alves utiliza reiteradamente durante el juicio la situación de embriaguez del jugador para justificar la violación. Esto no es un arranque de originalidad de la defensa, sino que ha sido un recurso habitual para aligerar las condenas en casos similares, no olvidemos el caso de Nagore, la mujer que murió en San Fermín a manos de su pareja, que la pegó hasta matarla, y al que se condenó por homicidio y no por asesinato, entre otras cosas, porque iba bajo los efectos del alcohol.
Pues bien, ni que la víctima haya accedido a entrar con el jugador al cuarto diminuto donde la violó, ni que el contacto anterior se produjera en un entorno festivo donde se consume alcohol, ni que él fuera borracho han servido: nada de ello supone justificar los hechos que se produjeron después.
Esto nos enseña que la justicia esta entendiendo algo: nada de lo que hagamos, ni bailar, ni beber, ni aceptar invitaciones… nos pone en la obligación de satisfacer el deseo sexual de nadie ni supone un cheque en blanco para acceder a nuestros cuerpos. Se acabó la impunidad.
Marta Escolano Vega